El término divorcio viene del latín divortium. El concepto está formado por el prefijo di o dis, cuyo significado es separación o divergencia y el verbo verto que significa volver, dar vuelta, girar.
El significado entonces es volverle la espalda al otro.
En un principio, el término se utilizaba para hacer referencia a la separación de tierras o bienes, pero luego los romanos lo adoptaron como una figura legal en la que los maridos podían separarse de sus esposas y viceversa dependiendo de las causas que se consideraban legales para ese tiempo.
Clase: Sustantivo, masculino, singular.
La definición según el diccionario de la Real Academia Española es: “Acción y efecto de divorciar o divorciarse”, que se entiende como “disolver o separar, por sentencia, el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal”.
Según The Free Dictionary: “Separación de un grupo de personas que mantenían una estrecha relación, o de cosas que estaban o debían estar juntas”.
En Derecho: “Es la acción que disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita, siempre que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración del mismo”.
Separación, ruptura, descasamiento, disolución.
Boda, casamiento, nupcias, unión, matrimonio.