La responsabilidad es la cualidad de toda persona que toma decisiones de manera consciente y se hace cargo de las consecuencias de sus actos. Por eso puede considerarse una virtud ya que a través de ella se asumen las consecuencias de las propias decisiones. De modo que se responde por ellas ante sí mismo o ante otra persona, organismo, sociedad e inclusive el Estado.
Es responsable quien cumple con el compromiso asumido y quien no habiéndolo hecho se responsabiliza por eso.
Clase: sustantivo, femenino, singular.
La primera definición de este vocablo es la cualidad del que puede responder por algo o por alguien o sea, es responsable. Denomina también a la conducta de quien cumple con toda obligación y deber de la forma en que lo estipulan las normas, leyes y costumbres.
También se aplica para referirse al hecho de ser culpable de algo. En este sentido, dentro del ámbito del Derecho, esto recibe una denominación especial. Se llama de este modo a la capacidad que tiene una persona para aceptar y responder por lo que se ha derivado como consecuencia de los hechos que ha realizado libremente. Se incluye en esto la obligación de reparación. Esto significa satisfacer por sí mismo o mediante un tercero, el mal o el daño que se ha causado.
Asimismo dentro del Derecho, se utiliza para referirse a toda obligación legal o moral de reparar cualquier falta u error propio o ajeno, o también pagar por la falta o delito que se ha cometido.
En cuanto a los tipos de responsabilidad.
En el ámbito del Derecho, se pueden mencionar, la responsabilidad:
-civil
-contractual
-extracontractual
-penal o no dolosa.
-moral
-colectiva
-jurídica
En el ámbito de la sociedad:
La social:
– individual la que se tiene con cada persona de la familia, trabajo, comunidad.
– corporativa (RSC)
– empresarial (RSE)
–social de responsabilidad limitada (SRL)
-solidaria
-social pública o gubernamental que es la que tienen las instituciones y administraciones para diseñar y poner a funcionar las políticas públicas.
–social ambiental que es la capacidad que tienen las personas para responder ante los efectos de cualquier acción que se ha haya efectuado con respecto al medio ambiente.
En cuanto a la etimología de este sustantivo se origina en el latín. Proviene de responsum, supino del verbo respondeo, respondes, respondere, respondi, responsum cuyo significado es responder, dar correspondencia a lo prometido. Este verbo está formado a su vez, por el prefijo re- que significa vuelta al punto de partida, reiteración. Al que se le suma otro verbo: spondeo, spondes, spondere, spopondi, sponsum. Este tiene como significado, prometer solemnemente en nombre de uno, comprometerse a. A la base del supino responsum se le añade, el sufijo –bilis (que puede, que es capaz, que es posible). Y también -idad que indica cualidad.
Por tanto su concepto etimológico es la cualidad del que es capaz de responder, de dar correspondencia a lo prometido.
Compromiso, deber, obligación; juicio, sensatez.
Irresponsabilidad, incumplimiento, insensatez, error, inmadurez.
“Algunos bancos de primera línea mundial se han comprometido como objetivo mostrar anualmente sus avances en responsabilidad social corporativa.”. Se refiere en este caso, a entidades financieras mundiales que se hacen responsables social y corporativamente.
“Siempre se lo ha calificado como un alumno que tiene una gran responsabilidad en todas las materias, por eso también recoge sus frutos en las notas”. En este ejemplo, se usa con el sentido de un adolescente que se hace responsable de sus estudios.
“Ante el choque producido entre los dos automóviles, está claro que la responsabilidad de la colisión la tenía quien pasó el semáforo en rojo y así también lo acepta su conductor”. Aquí, se aplica a quien debe hacerse responsable por dañar a otro vehículo, al no haber cumplido las normas de tránsito.