La palabra incapaz proviene del latín. En efecto, deriva de incapax, incapacis. Este término está formado por el prefijo in- que indica negación y que está relacionado con la raíz indoeuropea *ne- que significa no, negación; por la raíz cap- que proviene del verbo capio, capis, capere, cepi, captum cuyo significado es agarrar, tomar, recoger. Este verbo está relacionado con la raíz indoeuropea *kap- que señala agarrar, capturar. Y por último el sufijo -ax que significa cualidad o tendencia intensa.
Puede señalarse, entonces como el concepto etimológico de este término, que tiende intensamente a no agarrar, a no tomar.
Clase: adjetivo, singular. En cuanto al género, todo adjetivo lo toma del sustantivo que acompaña. Pero en este caso, no toma la desinencia ni del género masculino ni del femenino, sino que permanece invariable, por terminar en –z.
La definición de este adjetivo es que no posee la condición o aptitud para llevar adelante algo; falta de inteligencia y de talento; que no posee la actitud ni la decisión para hacer algo.
En el caso de que este vocablo esté referido a una persona que no es capaz de realizar algo, el complemento debe estar introducido por la preposición “de”; en el caso de referirse a una persona que no es apta para algo, el complemento es introducido por “para”. Sin ningún complemento y por lo tanto sin preposición designa a la persona que no tiene talento.
En Derecho se llama incapacidad a la falta de competencia o aptitud para poder adquirir obligaciones, ser titular de derechos y ejercer deberes.
Pero a su vez hay una escala mediante la cual se evalúa.
-Incapacidad de derecho o también llamada Jurídica. Esto es no existe una incapacidad total, ya que aún el individuo más incapaz tiene determinados derechos.
-Incapacidad de obrar, que también se conoce como de hecho. Que se divide a su vez, en absoluta cuando se refiere a todos los derechos, o relativa cuando es a una parte.
-Incapacidad parcial o relativa que es la que suprime ciertos derechos a determinadas personas, en ciertas circunstancias. Pero a su vez estas personas están autorizadas a realizar algunos actos jurídicos por sí mismos.
-Incapacidad total o absoluta que se daba en la antigüedad, su forma más conocida es la esclavitud. No obstante en la actualidad, la ley priva a determinadas personas físicas de la posibilidad de obrar por sí mismas, en el caso de menores, dementes y personas por nacer o en el caso de aquellos que no pueden darse a entender tales como ciertos sordomudos.
Incapacitado; inepto, inhábil; ineficaz, insuficiente.
Capacitado, apto, hábil, diestro, eficaz, eficiente.
“Es incapaz de ofender ni de maltratar a ningún animal ni persona”. En este ejemplo, se usa con el sentido de que no puede realizar esa acción.
“Por su edad se lo considera incapaz para firmar un contrato de arrendamiento”. Se refiere en este caso a la privación de cierto derecho.
“Lo han apoyado con estudios, empleos, técnicas, profesores pero se han dado cuenta que el muchacho realmente es un incapaz”. Aquí, se aplica a la falta de talento.